La Autoridad Independiente de Protección del Informante iniciará su actividad el 1 de septiembre: obligaciones y sanciones para empresas según la Ley 2/2023

A partir de hoy, ¿qué implicaciones tiene la puesta en funcionamiento de la Autoridad de Protección del Informante?
El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 12 de agosto la Orden PJC/908/2025, de 8 de agosto, por la que se fija el 1 de septiembre de 2025 como la fecha de puesta en funcionamiento de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.).
Este anuncio supone un hito en la aplicación efectiva de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, transposición de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019.
La puesta en marcha de la A.A.I. activa formalmente sus funciones de supervisión, control y, en su caso, sanción, lo que exige a las empresas una revisión exhaustiva de su Sistema Interno de Información y de su canal de denuncias para garantizar que cumplen con todos los requisitos legales y procedimentales.
¿Qué es la Autoridad Independiente de Protección del Informante?
La Autoridad Independiente de Protección del Informante es el organismo estatal encargado de garantizar la correcta aplicación de la Ley 2/2023 en materia de canales de información y protección del informante, actuando con plena independencia funcional.
Marco legal: Ley 2/2023 y Real Decreto 1101/2024
La Ley 2/2023 transpone a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva (UE) 2019/1937, estableciendo un marco uniforme de protección para informantes en el sector público y privado.
Por su parte, el Real Decreto 1101/2024, de 29 de octubre, aprueba el Estatuto de la A.A.I., regulando su estructura y competencias.
Cabe recordar que, mediante el Real Decreto 328/2025, de 15 de abril, fue nombrado Presidente de la A.A.I. don Manuel Villoria Mendieta, experto en transparencia y buen gobierno, lo que refuerza el perfil técnico y la autoridad institucional del organismo.
Funciones principales de la AIPI
- Supervisión de canales internos de información, asegurando que cumplen con los requisitos de la Ley 2/2023.
- Garantía de protección al informante, aplicando medidas preventivas contra represalias y garantizando la confidencialidad.
- Coordinación con otros organismos de control en la lucha contra la corrupción y en la tramitación de denuncias.
Fecha de inicio de la A.A.I. y plazos para empresas
- Puesta en funcionamiento: 1 de septiembre de 2025
Desde esta fecha, la A.A.I. iniciará sus funciones de supervisión y control sobre todos los sujetos obligados por la Ley 2/2023, incluyendo empresas privadas con 50 o más trabajadores, entidades públicas y otras organizaciones señaladas por la norma.
- Plazo para el registro de Responsables Internos de Información: hasta el 1 de noviembre de 2025
El Real Decreto 1101/2024 establece que, en un plazo máximo de dos meses desde la puesta en funcionamiento de la A.A.I., deberán estar registradas todas las personas designadas como Responsables del Sistema Interno de Información en el registro habilitado por la Autoridad. Esto implica que el 1 de noviembre de 2025 será la fecha límite para cumplir con esta obligación.
Ahora bien, estas son las implicaciones prácticas para las empresas

- Necesidad de tener un sistema interno de información conforme a Ley 2/2023, con procedimientos claros para la recepción, tramitación y respuesta a las denuncias.
- Designación y registro del Responsable Interno de Información antes del 1 de noviembre de 2025.
- Procedimientos claros y trazables para cumplir los plazos legales (acuse de recibo en 7 días y respuesta en 3 meses) y garantizar la confidencialidad y la protección de datos personales.
- Régimen sancionador: multas de hasta 1 millón de euros
El Título IX de la Ley 2/2023 establece un régimen sancionador estricto:
- Personas físicas: sanciones de hasta 300.000 euros.
- Personas jurídicas: sanciones de hasta 1.000.000 de euros.
Además, pueden imponerse medidas accesorias como la prohibición de contratar con el sector público, la pérdida de subvenciones o la publicación de la resolución sancionadora, con el consiguiente impacto reputacional.
La entrada en funcionamiento de la AIPI marca el inicio de una etapa de mayor control y exigencia para todas las organizaciones obligadas por la Ley 2/2023.
El 1 de septiembre de 2025 no es solo una fecha en el calendario: es el inicio de la fiscalización real del cumplimiento. Las empresas que actúen ahora estarán preparadas para superar con éxito la supervisión y evitar riesgos legales, económicos y reputacionales.
Desde ComplianceCMS podemos ayudaros y acompañaros en cada fase de la implantación del Sistema Interno de Información, asesorándoos desde el inicio en la correcta definición de la figura del Responsable del Sistema Interno de Información, cumplir con todos los requisitos de la Ley 2/2023 con una herramienta certificada en la ISO37002 como el Canal de Denuncias de ComplianceCMS, con medidas estrictas de seguridad y confidencialidad y, además, soporte legal para cualquier duda en el entendimiento de normativa o desarrollo personal de la empresa.
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