La Autoridad Catalana de la Competencia (ACCO) ha establecido las bases para otorgar ayudas al Compliance en materia de competencia a las PYME (Pequeñas y Medianas Empresas Privadas) catalanas, es decir, que tengan el domicilio social o una delegación u oficina en el territorio de Cataluña.

Se consideran PYME, conforme a la interpretación realizada por la Comisión Europea, las empresas que se encuentren en alguna de estas dos situaciones:

– Las empresas que tienen menos de 250 trabajadores y un volumen de negocios anuales no superior a 50 millones de euros.

o

– Las empresas que tienen menos de 250 trabajadores y un balance general anual que no exceda de 43 millones de euros.

Por tanto, hay una voluntad clara en Cataluña de impulsar la implantación del Compliance en en las empresas, ayudando, a través del ACCO, aquellas que disponen de menos recursos para afrontar los retos que la legislación y la sociedad demandan.

Esta exigencia en Compliance ya ha sido puesta de relieve por las distintas administraciones catalanas en sus licitaciones, tal es el caso, por ejemplo, del concurso público SERVEI ÍNTEGRE DE DESINFECCIÓ, DESRATITZACIÓ i DESINSECTACIÓ DELS CENTRES DEL CONSORCI MAR PARC DE SALUT DE BARCELONA en el que se exigía Certificado en COMPLIANCE.

Debe resaltarse que no valía cualquier certificado en Compliance, sino aquellos certificados emitidos por entidades certificadoras que se encuentren acreditadas, en el caso de España serían aquellas entidades certificadoras acreditadas por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación).

La exigencia de las administraciones catalanas obedece la búsqueda de la exigencia y rigurosidad en el cumplimiento normativo, evitando el que cualquier certificado sea válido.

Y este requisito tenía carácter excluyente, es decir, si no se disponía del Certificado en Compliance emitido por una entidad certificadora acreditada, la empresa no podía acudir a la licitación.

Pero esto no sólo ocurre en Cataluña, ya que la Diputación Foral de Vizcaya exige el Certificado en Compliance, tanto para los concursos de obras como de servicios que excedan de cierta cantidad y, al igual que en Cataluña, el certificado es un requisito indispensable para poder optar a la licitación y tampoco vale cualquier certificado, sólo se consideran válidos aquellos emitidos por entidades certificadoras acreditadas.

Como hemos comentado en reiteradas ocasiones las empresas que no quieran quedarse fuera del mercado deben implementar Sistemas de Gestión de Compliance, las Administraciones catalanas son conocedoras de esta exigencia y ACCO apoya a las empresas con la subvención que comentábamos al inicio.

La fecha límite para presentar solicitudes es el 29 de julio, desde CMS nos ofrecemos a ayudar en su tramitación a todas las empresas catalanas que quieran acceder a la subvención.

El Compliance está cada vez más cerca, no pierdas el tren.

Para solicitar nuestro soporte en la subvención dirige tu solicitud a:

infosubvencionCAT@compliancecms.com

 

Los textos de la subvención los puedes encontrar e:

Convocatoria subvención

Bases Reguladoras

 

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