¿Puede una empresa ser condenada por maltrato animal? Así te protege el compliance penal
Contexto legal y origen de la reforma
La Ley Orgánica 3/2023, de 28 de marzo, reformó la Ley Orgánica 10/1995 y el Código Penal para crear un nuevo Título XVI bis: “De los delitos contra los animales”. Introdujo el artículo 340 bis, estableciendo la responsabilidad penal de las personas jurídicas por maltrato animal (art. 340 quater CP)
Esta reforma entró en vigor el 18 de abril de 2023 e incluyó como bien jurídico protegido la dignidad, salud e integridad de los animales vertebrados, adaptando las normas al reconocimiento legal de los animales como seres sintientes.
¿Quién responde penalmente por maltrato animal y en qué casos?
Personas jurídicas (empresas, asociaciones, fundaciones…)
Según el artículo 340 quater CP, las empresas que involuntariamente o deliberadamente causen lesiones o muerte a animales domésticos o vertebrados (requiriendo tratamiento veterinario) fuera de actividades legalmente reguladas, incurren en responsabilidad penal.
Personas físicas
Cuando la conducta es cometida por una persona física, la pena incluye prisión (3–18 meses o multa) y inhabilitación especial para tenencia, cuidado o actividad con animales, que puede llegar de 1 a 3 años, y se agrava si se usan armas, hay ensañamiento, lucro, menores presentes, etc
Penas y consecuencias por delito de maltrato animal para las personas jurídicas
- Multa de 6 meses a 2 años, salvo si la pena prevista para la persona física supera los 2 años, en cuyo caso puede alcanzarse hasta 3 años de multa.
- Adicionalmente, el juez puede imponer penas accesorias del artículo 33.7 CP (suspensión de actividades hasta 5 años, clausura de locales, prohibición de contratar con sector público hasta 15 años, incluso disolución de la entidad).
- También puede aplicarse medidas cautelares según el art. 340 quinquies CP, como cambios temporales de titularidad del animal o retirada de custodia.
Estas sanciones pueden ser devastadoras para una empresa: desde pérdida de reputación hasta incapacidad para operar o contratar, con impacto directo en la viabilidad corporativa.
Implicaciones para el compliance penal en tu organización

Si tu empresa trabaja con animales —farmas, cosmética, granjas, ocio, textil con pruebas animales, centros veterinarios…— debes:
Evaluar riesgos
- Identificar todos los procesos que puedan permitir lesiones, muerte o maltrato (incluso sin lesiones) fuera del marco legal.
Diseñar controles adecuados
- Formación en bienestar animal
- Protocolos documentados que excluyan mala praxis
- Vigilancia y reporte de incidentes, seguidos por respuesta interna clara
Implantar un Sistema de Gestión de Compliance Penal
- Certificaciones como ISO 37001 (antisoborno) pueden articularse con un modelo específico de prevención de delitos contra animales
- Este sistema aporta seguridad jurídica, actuando exculpatoriamente si se demuestra su adecuado diseño y aplicación.
Sin este sistema, la persona jurídica queda expuesta a responsabilidad penal directa, con consecuencias económicas y operativas.
Beneficios de contar con un buen sistema de Compliance Penal
Reducción del riesgo penal | Prevención activa y demostración de diligencia |
Protección jurídica | Posible exención o atenuación de penas si el sistema está funcionando y es proporcional |
Evita sanciones accesorias graves | Reducción de riesgo de suspensión, clausura o disolución |
Reputación y confianza | Empresas certificadas transmiten compromiso ético y legalidad |
La introducción del artículo 340 quater del Código Penal representa un cambio de paradigma: las personas jurídicas responden penalmente por maltrato animal. Las consecuencias jurídicas pueden ser graves y irreversibles.
Para proteger a tu empresa, es crucial implantar un Sistema de Gestión de Compliance Penal adaptado a esta materia, que identifique riesgos, establezca controles y documente todo proceso.
En ComplianceCMS, contamos con experiencia en diseñar e implantar sistemas de compliance certificados que incluyen la protección frente a delitos de maltrato animal. Ambos elementos (prevención y legislación) se combinan para blindar la responsabilidad jurídica de tu organización.
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Referencias legales clave:
- Ley Orgánica 3/2023, de 28 de marzo (reforma del Código Penal).
- Artículos 340 bis (maltrato y lesiones), 340 ter (abandono), 340 quater (responsabilidad de la persona jurídica), 340 quinquies (medidas cautelares).
- Principios del art. 33.7 CP sobre penas especiales a empresas.